¿Puede una PYME o un autónomo presentarse a una licitación?
Sí. Cualquier empresa, sea sociedad o autónomo, puede contratar con la Administración si tiene capacidad de obrar, no está en una prohibición de contratar y acredita la solvencia que pida el pliego (artículo 65 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, LCSP). La propia ley dice que se facilitará el acceso de las PYMES (artículo 1.3) y, como regla general, obliga a dividir los contratos en lotes (artículo 99.3), lo que permite optar a partes más pequeñas de un contrato grande.
Paso 1. Prepara tu empresa
- Certificado digital de la empresa o del representante: las ofertas se presentan de forma electrónica.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Tener la actividad del contrato dentro de tu objeto social (o tu epígrafe del IAE, si eres autónomo).
- No estar incurso en ninguna prohibición de contratar (artículo 71 de la LCSP).
Paso 2. Inscríbete en el ROLECE o en el registro de tu comunidad
El ROLECE es el registro oficial de licitadores del Estado; en Cataluña existe el RELI. Inscribirte te ahorra presentar la misma documentación en cada licitación y, en el procedimiento abierto simplificado, es obligatorio (artículo 159.4 de la LCSP). Como tarda unas semanas, conviene hacerlo antes de que salga la licitación que te interesa. Más sobre la inscripción en el ROLECE.
Paso 3. Encuentra licitaciones que encajen contigo
Las licitaciones se publican en el perfil de contratante de cada administración, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público o en las plataformas autonómicas (artículo 63 de la LCSP). Busca por códigos CPV, el vocabulario europeo que clasifica el objeto de cada contrato, y filtra por zona e importe. Así te ayudamos a buscar licitaciones.
Paso 4. Entiende el procedimiento
No todas las licitaciones funcionan igual. Para una PYME que empieza, estos son los procedimientos más habituales:
| Procedimiento | Para qué contratos | Lo que debes saber |
|---|---|---|
| Contrato menor (art. 118) | Obras de menos de 40.000 € y servicios o suministros de menos de 15.000 €, IVA excluido | No hay licitación formal: la Administración pide presupuestos. Conviene darse a conocer a los ayuntamientos y organismos de tu zona. |
| Abierto simplificado sumario (art. 159.6) | Contratos de importe pequeño | Muy poca documentación y plazo corto (mínimo 10 días hábiles). No se exige garantía definitiva. |
| Abierto simplificado (art. 159) | Contratos de importe medio | Un solo sobre o dos, obligatorio estar en el ROLECE o registro autonómico y sin garantía provisional. |
| Abierto (art. 156) | Cualquier importe | Cualquier empresa puede presentarse. Plazo mínimo de 15 días naturales en contratos no armonizados (26 en obras y concesiones). |
Paso 5. Lee los pliegos antes de decidir
Las reglas del contrato están en el pliego de cláusulas administrativas particulares (quién puede presentarse, cómo se puntúa, garantías, penalidades) y en el pliego de prescripciones técnicas (qué hay que hacer). Antes de invertir horas en la oferta, comprueba tres cosas: si cumples la solvencia, cuánto pesa el precio frente a la calidad y qué riesgos asumes si ganas. Revisamos el pliego contigo.
Paso 6. Comprueba tu solvencia (o súmala con otra empresa)
- Solvencia económica: lo más habitual es un volumen anual de negocios mínimo, que como regla general no puede superar una vez y media el valor estimado del contrato (artículo 87 de la LCSP).
- Solvencia técnica: normalmente, trabajos similares hechos en los últimos tres años (cinco en obras), medios personales y materiales o certificados de calidad (artículos 88 a 90).
- Empresas de nueva creación: en contratos no armonizados, las empresas con menos de cinco años pueden acreditar la solvencia técnica por medios distintos de la experiencia previa (artículos 88.2, 89.1.h y 90.4).
- Clasificación: en obras de valor estimado igual o superior a 500.000 € se exige estar clasificado (artículo 77).
- ¿Te falta algo? Puedes apoyarte en la solvencia de otra empresa (artículo 75) o presentarte en UTE (artículo 69).
Paso 7. Prepara la oferta
La oferta suele dividirse en sobres o archivos: la declaración responsable o DEUC, la memoria técnica (criterios que se valoran con juicio) y la oferta económica (criterios con fórmula). Nunca adelantes datos del precio en el sobre técnico, y comprueba que tu precio no entre en baja temeraria sin poder justificarlo. Te ayudamos a preparar la oferta.
Paso 8. Preséntala de forma electrónica y con margen
La presentación se hace con la herramienta de la plataforma donde se publicó la licitación y con certificado digital. Pruébala días antes: un fallo técnico a última hora casi nunca justifica presentar fuera de plazo.
Paso 9. Si eres la mejor oferta
Tendrás 10 días hábiles para aportar la documentación que acredita lo que declaraste y constituir la garantía definitiva, normalmente el 5 % del precio de adjudicación sin IVA (artículos 150.2 y 107 de la LCSP). Después llega la adjudicación y la firma. Si no ganas y crees que la valoración fue incorrecta, puedes recurrir: en los contratos de mayor importe, con el recurso especial en materia de contratación.
Los errores que más ofertas dejan fuera
- Enterarse de la licitación cuando queda poco plazo.
- No leer bien la solvencia exigida y descubrirlo después de preparar la oferta.
- Mezclar información económica en el sobre técnico.
- Olvidar firmas o documentos que el pliego exige.
- Presentar en el último momento y encontrarse un problema con la plataforma.
- No tener a mano los certificados cuando llega el requerimiento de los 10 días.